La información vuela en internet, todos los días recibimos mensajes de humor, sexo, felicitaciones.... es el momento de compartir también información.
Información que nos ayude a comprender la verdadera situación en que nos coloca la nueva reforma laboral, dañina para los que tienen empleo y para los que no lo tienen. Unos pierden derechos en el trabajo y otros en el acceso y cuando lo tengan. Mal para todos, mejor para ellos.
COMPARTO:
El Gobierno abarata y facilita el
despido
• Reduce la
indemnización de 45 días por año con un limite de 42 mensualidades
en el despido improcedente, a 33 días con un limite de 24
mensualidades en todos los contratos indefinidos, aunque el texto de
la reforma apuesta decididamente por un despido único de 20 días.
• Se modifican las
causas de despido para evitar el control judicial.
• Elimina la
autorización administrativa en los despidos colectivos, lo que va a
afectar gravemente a las posibilidades de alcanzar acuerdo con
indemnizaciones superiores a los 20 días por año.
Se da más poder al
empresario
El Gobierno a través de
las medidas de flexibilidad interna pretende corregir la dualidad del
mercado de trabajo colocando a todos los trabajadores en una
situación más es protegida frente al poder discrecional del
empresario:
• Amplía las
posibilidades de movilidad geográfica.
• Facilita al
empresario la posibilidad de modificar unilateralmente jornada,
horario, salarios y sistema de rendimiento, entre otras condiciones
sustanciales de trabajo.
• Permite sin
autorización administrativa suspender o reducir temporalmente la
jornada de trabajo.
Permite el despido de
los trabajadores laborales del Sector Público
La reforma laboral
aprobada por el Gobierno incide, además, en la calidad de los
servicios públicos y facilita el despido de los trabajadores y
trabajadoras de las Administraciones Públicas:
• Se contempla por
primera vez para los empleados con contrato de trabajo de la
totalidad del sector público (art.3.1. de la Ley de contratos del
sector público, RDLeg 3/2011) la aplicación del despido objetivo
alegando causas de carácter económicas, técnicas y organizativas.
• Sin embargo se
imposibilita la aplicación de reducción horaria o modificación de
condiciones, dejando solo la posibilidad de la extinción de la
relación laboral.
• Puestos de trabajo
hasta ahora ocupados con contratos laborales podrán ser ocupados por
desempleados perceptores de la prestación por desempleo.
No reduce las
modalidades de contratación indefinida
Al contrario, se crea un
nuevo contrato indefinido que podrán utilizar el 95% de las
empresas; un contrato de dudosa constitucionalidad.
• Este contrato supone
el despido libre, pues podrá extinguirse durante su primer año sin
indemnización alguna por la simple voluntad del empresario.
• Además se empeoran
las condiciones de otras dos modalidades de contratación:
• Contrato para la
formación y el aprendizaje. Se desvincula de la formación del
trabajador.
• El contrato a tiempo
parcial se modifica para permitir la realización de horas
extraordinarias, lo que anima al fraude en la concertación de sus
condiciones, y tiene efectos en las cotizaciones y prestaciones
sociales.
Afecta gravemente a la
negociación colectiva
El Real Decreto aprobado
por el Gobierno conduce a los trabajadores a la negociación
individual de sus condiciones de trabajo:
• Contempla la
inaplicación de los convenios a través del arbitraje obligatorio,
pone fin a la ultraactividad de los convenios colectivos a los dos
años de la terminación de su vigencia inicial; individualizando las
condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras.
• El convenio de
empresa, sea cual sea el número de sus trabajadores, se sitúa sin
excepción como preferente respecto al convenio sectorial.
Introduce diferencias
en las posibilidades de empleo
Coloca en mejor situación
a quienes perciben prestaciones por desempleo respecto de aquéllos
que ya han agotado las mismas. Se hace posible compatibilizar la
percepción de desempleo con trabajo y se contemplan incentivos
fiscales por la contratación de perceptores de desempleo.
Se crean las
condiciones para condenar definitivamente a los jóvenes al
desempleo y al infraempleo a través de “infrajobs” por la vía
de la contratación a tiempo parcial y de un nuevo contrato de
aprendizaje desvinculado realmente de la formación
“El 19
de febrero, las calles tienen que ser un clamor
contra la
reforma laboral”
Otros enlaces: Que paguen ellos
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