#NosAmordazan. ¿Consentimos?

By Fco. Cecilia - sábado, marzo 01, 2014

#NosAmordazan. ¿Consentimos?Si no lo teníamos claro al principio de la legislatura, poco a poco hemos ido constatando que el gobierno del PP tiene entre sus objetivos unas reformas que #NosAmordazan para el futuro y que entre todas pretenden recortar nuestra libertad de expresión y devolvernos a tiempos y sociedades pasadas. Cuando nos expulsan de nuestras casas, nos dejan sin empleo, nos recortan en educación o en sanidad, pretenden que nos quedemos callados, que no hagamos escraches que la justicia ya ha reconocido como legales, que no mostremos oposición a los desahucios cuando los bancos dejan familias completas en la puñetera calle.

El anteproyecto de Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana se suma a la anterior Ley de Tasas y la reforma del Código Penal que se encuentra en discusión den el Congreso de los Diputados. Todas ellas suponen en conjunto un retroceso enorme en nuestros derechos fundamentales, un ataque a nuestra democracia y el derecho a la libertad de expresión, reunión y manifestación.

Hoy es día de protesta, igual que muchos otros, con camisetas o sin ellas, en mareas o sin ellas, pero últimamente no faltan motivos de importancia para protestar. Hoy la cuestión es mostrar nuestra repulsa a esta propuesta de mordaza a la sociedad activa. Desde organizaciones como Greenpeace se llevan a cabo campañas llamativas y mediáticas que podemos acompañar desde las redes sociales en nuestro facebook o twitter. No voy a competir en ello desde luego y lo comparto.

#NosAmordazan. ¿Consentimos?Que ocurriría si no pudiéramos protestar contra la reforma de la Ley del Aborto, contra los deshaucios, los despidos..... Mi interés con estos artículos es dejar alguna reseña al texto en si, algunas opiniones de estudiosos del tema y profesionales del derecho y la judicatura que ponen el acento en esos pequeños detalles que el gobierno nos esconde y manipula vendiendo los cambios legislativos como seguridad y avance cuando en realidad #NosAmordazan y pretenden convertir nuestra sociedad en sometida. Para ello utilizo de fuente el texto redactado como resultado del acto público convocado por CCOO y UGT celebrado en el Círculo de Bellas Artes de Madrid por distintas asociaciones de jueces y fiscales, así como catedráticos de Derecho Constitucional, Penal, y de Derecho del Trabajo, bajo el título “Derechos y libertades ante las reformas del Código Penal y de la Ley de Seguridad Ciudadana”, que se celebró en el Círculo de Bellas Artes de Madrid.

#NOSAMORDAZAN

JUECES PARA LA DEMOCRACIA.
JOSÉ LUIS RAMÍREZ ORTIZ  Miembro del Secretariado de Jueces para la Democracia. 

La Asociación Judicial Jueces para la Democracia está en contra de las reforma en el Código Penal y de la Ley de Seguridad Ciudadana. En concreto, se concretan los siguientes motivos en los que se justifica la posición contraria de esta Asociación a la reforma del Código Penal: 

  1. Se trata de una reforma innecesaria y desproporcionada. Las modificaciones relacionadas con los nuevos tipos penales y el agravamiento de las penas anudadas a los mismos no está conectada con las necesidades político-criminales actuales. Frente a los criterios que banalmente se vienen utilizando, España cuenta con una tasa de población reclusa desproporcionada en términos comparativos con los países de nuestro entorno. 
  2. Se trata de una reforma que profundiza en la marginalidad y la precariedad. Ha de partirse de la constatación de que las cárceles no socializan ni garantizan la reinserción social de los penados. Sin embargo, la reforma endurece las penas e introduce una modalidad de cadena perpetua con la pena de prisión permanente revisable, empeora el régimen de medidas alternativas a la prisión, endurece el régimen de la libertad condicional, facilita la expulsión de extranjeros, y endurece desproporcionadamente la penalidad vinculada a pequeños delitos contra la propiedad como robos y hurtos.
  3. Se trata de una reforma que criminaliza el ejercicio de los derechos fundamentales de reunión, manifestación, huelga, de expresión y participación en asuntos públicos. La reforma restringe las condiciones de ejercicio de estos derechos fundamentales, que forman parte de nuestro orden constitucional. Así, se genera la criminalización de la disidencia con la nueva regulación de los delitos de atentado y desobediencia a agentes de la autoridad, creándose una nueva figura de delincuente: el disidente político. 
  4. Se trata de una reforma que modifica la relación entre ciudadano y Estado. Dicha relación ya se altera con la misma iniciación del proceso judicial penal, pero también se produce desde otras perspectivas, como con la ampliación de los funciones de los vigilantes privados en la nueva Ley de Seguridad Privada, con la ampliación del poder del Estado sobre las personas privadas de libertad, la ampliación del plazo para la cancelación de antecedentes penales, etc… 
  5. Se trata de una reforma que amplía la impunidad de la delincuencia económica. No solventa los problemas específicos de insuficiencia de asignación de recursos y diseño de la investigación penal en los delitos relacionados con la delincuencia económica. 
  6. Se trata de una reforma que introduce el populismo social, que a través del diseño de las penas introduce la distinción entre ciudadanos y enemigos de la sociedad. Y en cuanto al Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, introduce un modelo regresivo que actúa como válvula de cierre del sistema penal, para garantizar la aplicación de sanciones respecto de actos no cubiertos por los tipos penales y sin la garantía previa de intervención de un órgano judicial en la aplicación de la sanción. En definitiva, se pretende instaurar un modelo blindado de seguridad para quienes prescriben la inseguridad para los demás.

ASOCIACIÓN DE JUECES FRANCISCO DE VITORIA.
MARCELINO SEXMERO Portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria. 


La justificación de la reformas del Código Penal y de la Ley de Seguridad Ciudadana se vendría a justificar formalmente en las molestias a la ciudadanía causadas por las protestas y altercados sociales, pero en realidad, a la hora de definir el catálogo de infracciones y sanciones se toma más en valor la causa a la que responden las molestias causadas a los ciudadanos que a la entidad de las molestias en sí.

El Código Penal del año 1995, denominado el Código Penal de la Democracia, ha tenido múltiples modificaciones desde su entrada en vigor. En todo caso, se trata de una normativa que por la naturaleza e importancia de los valores sobre los que incide precisa de un amplio consenso social. Frente a ello, el Proyecto de reforma del Código Penal destruye la base del Código Penal del año 1995, que responde a un derecho penal de los hechos, por un derecho penal de autor, en cuanto prevé medidas sobre la persona aunque cumpla su pena. 
Al mismo tiempo, introduce tipos penales dirigidos a canalizar el control social de los medios de protesta ciudadana (derechos de reunión, manifestación), lo que se hace a través de la modificación de la normas que tipifican la infracciones y sanciones por los excesos que pudieran cometerse en su desarrollo, frente a las leyes que regulan materialmente dichos derechos.

Todo ello se explica por el descontento e insatisfacción del Gobierno con la respuesta judicial dada a los procedimientos sancionadores y penales instruidos en relación con las protestas sociales durante la crisis. Se evidencia así un Gobierno que no confía en la Justicia y crea normas para modificar la respuesta judicial, criminalizando los derechos de reunión y manifestación más allá de la falta de preaviso, introduciéndose sanciones desproporcionadas y olvidando que no toda manifestación sin preaviso ha de ser criminalizada, como ha sucedido por ejemplo con las manifestaciones espontáneas por atentados terroristas o violencia de género, que se realizaron sin preaviso y sin que se diera ningún género de reproche político, lo que evidencia la existencia siempre de elementos valorativos o de un cierto grado de discrecionalidad por parte de los Gobiernos de turno a la hora de decidir la aplicación de las sanciones.

Con relación a las modificaciones en la Ley de Seguridad Ciudadana, se constata el abuso de un instrumento jurídico para criminalizar la protesta ciudadana. En definitiva, las reformas del Código Penal y de la Ley de Seguridad Ciudadana implican la infracción de los derechos fundamentales de las personas, en cuanto limitadas a reducir la expresión pública y social de los derechos de los ciudadanos o colectivos opuestos al Gobierno de turno. Por ello, carecen del apoyo de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria. Cuando se exacerba el castigo frente a determinadas conductas, se consigue el efecto contrario, y más que Ley de Seguridad Ciudadana, tendría que denominarse Ley de Inseguridad Ciudadana.


ASOCIACIÓN PROGRESISTA DE FISCALES.
CARLOS GARCÍA BERRO Portavoz Asociación Progresista de Fiscales.

Son varios los motivos que ha barajado el Gobierno a la hora de justificar estas reformas. Se ha hablado del art. 1 de la Constitución, pero sólo respecto de su apartado referente a la indisoluble unidad de la nación española, y no de su primera parte, que concibe a España como un Estado social y democrático de derecho que propugna como valores esenciales de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
También se ha utilizado el argumento del alto nivel de delincuencia que existe en España. No obstante, contamos con uno de los índices de delincuencia más bajos de los países de nuestro entorno.

Con relación al argumento de la percepción social de la impunidad de los delincuentes, ello se debe en gran medida a los indultos del Gobierno y a la baja penalidad de determinadas figuras vinculadas con la delincuencia económica, o a la definición de estos tipos penales, lo que se opone a otras modalidades delictivas, teniendo en cuenta que el período medio de permanencia en prisión se sitúa en nuestro país en 18 meses, mucho más elevado que en los países de nuestro entorno. Se ha hecho referencia igualmente a la necesidad de preservar el orden público, lo que nos retrotrae al  siglo XIX.

Se trata de reformas del miedo al empobrecido, contra los indignados, y que responde a la criminalización de la pobreza, y que reflejan la insatisfacción del Gobierno con la respuesta judicial que se ha dado en determinados casos, lo que se manifiesta en la introducción de nuevos tipos penales que criminalizan la protesta ciudadana, en algunos casos, penalizando la ayuda a los inmigrantes e incluso contemplando la posibilidad de expulsión de ciudadanos de la Unión Europea.
Merece especial reproche que en la justificación de estas reformas se utilice tanto la palabra Constitución, cuando nunca una reforma ha sido tan contraria a la Constitución.

Así sucede con la figura de la prisión permanente revisable, que enmascara lo que es una cadena perpetua, que se muestra contraria a la finalidad de la pena como vía para la resocialización del delincuente –art. 25 de la Constitución-. En concreto, la Ley Británica que establecía una medida similar fue declarada contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos por Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 9 de julio de 2013.

Por su parte, en el Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana contempla unas sanciones desproporcionadas, lo que resulta inconstitucional e implica el retroceso a un estado feudal, que no se corresponde con el modelo de Estado definido por el Tribunal Constitucional. Esto se agrava con la Ley de Tasas, que implica un obstáculo para la impugnación judicial de las sanciones administrativas impuestas en el ejercicio de los derechos fundamentales. Además, parte de establecer unos conceptos jurídicos muy indeterminados y de una gran indefinición de las infracciones punibles, como “perturbar gravemente la seguridad ciudadana”, o la realización de “manifestaciones en período electoral”. 
#NosAmordazan. ¿Consentimos?Para la Unión Progresistas de Fiscales, se trata de unas reformas inaceptables, que vulneran la Constitución española, en especial, su artículo 1 que prevé  la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político como valores superiores del ordenamiento jurídico, y concluye animando a la formalización de recursos de inconstitucionalidad contra estas normas.


Después de leer estas reflexiones sobre el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana parece claro que #NosAmordazan. Está por ver si nosotros y nosotras lo vamos a consentir. En cualquier lucha, sea la que sea, se pone de manifiesto que la peor de las decisiones es estar callados, guardar silencio y consentir. No somos borregos, somos personas y tenemos derechos.
#NosAmordazan, pero no callamos, ni consentimos.   ¡Luchamos!.

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